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¿Por qué debo formalizar mi negocio?

Articulo formalizar mi negocio

Durante el estado de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio para contener el avance del Covid-19, nuestra economía se ha visto afectada en diferentes rubros empresariales.

Algunas empresas tuvieron que cambiar de giro de negocio, así como la apertura de nuevos negocios, orientados al comportamiento del consumidor. Es decir, adaptarse a los rubros mayor demanda como son los supermercados, cuidado personal, salud, etc. Parte de las ventas durante esta emergencia nacional es a través del comercio electrónico.

Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en su comunicado del día 08/06/2020 mediante la plataforma de Facebook, informaba que revisó las ventas electrónicas que realizaron 21,200 contribuyentes desde el inicio del Estado de Emergencia en marzo, detectando que hasta un 60% de esta muestra no utiliza su número de RUC. Lo cual implica evasión de pago de impuestos.


La investigación también permitió determinar que, en lo que va del periodo de cuarentena, se ha producido un importante crecimiento de la comercialización electrónica en los rubros de protectores faciales y/o mascarillas, alcohol y material médico, alimentos, dispositivos electrónicos, cómputo y también el envío de productos utilizando el servicio de delivery. Dependiendo del producto el incremento oscila entre el 50% y el 100%.

Es por ello, Sunat está remitiendo comunicaciones inductivas a estas personas para que regularicen su situación.

¿Cómo formalizarme?

Si deseas abrir un negocio puedes hacerlo como Persona Natural o como Persona Jurídica y por eso debes elegir una de ellas.

Diferencias básicas entre una persona natural con negocio y una persona jurídica

Característica Persona natural con negocio Persona jurídica
N° Personas Una sola. De una (EIRL) a todo tipo de sociedad (Sociedades Anónimas Cerradas por ejemplo).
Responsabilidad Ilimitada (Respondes con bienes personales). Limitada (La empresa responde solo con sus bienes)
Capital Social No requiere demostrar. Requiere demostrar mediante depósito en cuenta bancaria o declaración jurada.
RUC Inicia con 10. Inicia con 20.
Régimen Tributario - Nuevo Rus
- Régimen Especial de Renta
- Régimen Mype Tributario
- Régimen General
- Régimen Especial de Renta
- Régimen Mype Tributario
- Régimen General

Pasos para convertirse en Persona Natural con negocio

Para convertirse en una Persona Natural, se tiene que inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y elegir un régimen tributario de acorde a la actividad y nivel de ingresos proyectados.

Pasos para constituir una empresa jurídica

Por la coyuntura actual, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), en coordinación con el Colegio de Notarios, dispuso que la constitución de empresas se realice obligatoriamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp). Esta plataforma tecnológica permite iniciar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp, y todo ello bajo altos estándares de seguridad, lo cual se detalla con los siguientes pasos:

  • Registrase al SID-SUNARP
  • Selecione la notaría e ingresa la SOLICITUD DE CONSTITUCION DE EMPRESA
  • Descarga el archivo generado y envíalo a la notaría
  • La notaría envia las escitura pública a los socios para la firma y luego a SUNARP para su inscripcion
  • La SUNARP remite la informacion a la SUNAT para la incripcion de la empresa en el RUC
  • La notaría entrega la escritura publica con la inscripción en registros publicos y el número de RUC
  • ¿Qué es el RUC?

    El RUC es el padrón que contiene los datos de identificación de las actividades económicas y demás información relevante de los sujetos inscritos. Si el RUC comienza con “10”, se trata de una persona natural, y si el RUC comienza con “20”, se trata de una persona jurídica. Sirve también para emitir tus comprobantes de pago

    Ventajas para formalizarme

  • Te permite ser sujeto de crédito para el sistema financiero.
  • Te otorga la facilidad de participar en concursos públicos para ser proveedor de bienes o servicios del Estado.
  • Te da la posibilidad de acceder al SIS para atención en hospitales y centros de salud del Estado.
  • Ser parte de los beneficios financieros, tributarios y laborales otorgados por el Estado. Ejm. Programa Reactiva, ampliación de vencimientos de pago de impuestos, suspension o modificación de pago a cuenta., etc.
  • Expansión a nuevos mercados nacionales e internacionales.

  • Acotar que no ser formal podría tener riesgos como recibir sanciones y multas, otros negocios pueden usar tu nombre, diseño o logotipo, etc.

    Conclusiones

    La situación que atraviesa el país nos está obligando a tomar decisiones, es adaptarnos a nuevos procesos y tecnológicos. En esa línea, se recomienda abrirse paso al mundo digital, que ha cobrado mayor notoriedad por la medida de aislamiento social. Las ventas por Internet y redes sociales son una buena opción porque les permiten atender la necesidad de los clientes de manera segura, sin exponer su salud. Asimismo, es muy importante realizar un planeamiento tributario, como es saber elegir correctamente el régimen tributario, lo cuales son cuatro en la actualidad:

  • El Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), recomendado para negocios pequeños con ventas mensuales menores a 8,000 soles en los que solo se necesitan emitir boletas de venta, pero no facturas. Tiene actividades que no pueden acogerse a este régimen.
  • El Régimen Especial de Renta (RER), que permite emitir todo tipo de comprobantes de pago y no obliga a presentar declaraciones anuales; sin embargo, las ventas anuales no deben superar los 525,000 soles, y se deben de tener 10 trabajadores como máximo por turno de trabajo. Tiene actividades que no pueden acogerse a este régimen.
  • El Nuevo Régimen MYPE Tributario, pensado en la micro y pequeña empresa, cuyos ingresos no superen las 1,700 Unidades Impositivas Tributarias; llevar libros contables de acuerdo a sus ingresos; se puede emitir todo tipo de comprobantes de pago, pero a diferencia de las anteriores opciones no tienen actividades restringidas
  • La cuarta alternativa es el Régimen General (RG), dirigido a negocios más grandes, se diferencia de las demás porque no se tiene límite de ventas ni de compras. No tiene actividades restringidas.
  • RECOMENDACIÓN:
    A mi opinión, recomendaría a las personas o empresas que recién inician sus negocios, optar por el Régimen MYPE Tributario el cual no tiene actividades restringidas o que el pago a cuenta mensual se aplicará el 1% de tus ingresos generados si tus ingresos anuales son hasta 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) está afecto. Mayor a 300 hasta 1700 UIT estará afecto al 1.5% mensuales. Es decir, al inicio de la creación de tu negocio tendrías menos obligaciones y menos pago de impuestos.
    Asimismo, tener en cuenta que con el Decreto Legislativo 1471, a fin coadyuvar con la reactivación de la economía y mitigar el impacto en la economía nacional, del aislamiento e inmovilización social obligatorio, se permite que en el caso de los contribuyentes no hubieran obtenido ingresos en los meses de enero y febrero del ejercicio gravable 2020, los pagos a cuenta por los meses de abril, mayo, junio y/o julio del ejercicio gravable 2020 se determinan multiplicando el importe del pago a cuenta determinado por el factor 0,5846.

    AUTOR: Edgar Sosa Arana.
    (Consultor Tributario)